El Concejo Deliberante aprobó nuevos aumentos en las tasas municipales

Esta noche, en la Sesión Extraordinaria N°3 del Honorable Concejo Deliberante, se llevó a cabo la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes. Estuvo presidida por Ibrahim Kange; Claudia Peso la secretaria.

Las Ordenanzas Fiscal e Impositiva de este año fueron aprobadas, luego de poco más de dos horas de debate. 8 afirmativos de parte de los contribuyentes (Susana Sánchez – Jorge Narducci – Fernanda Amorós – Mónica Heguiaphal – Dario Scalerandi – Juan Ignacio Batticci – Néstor Ramos – Gustavo Villalba; 4 negativos (Julio Castellani – Jorge Re – Aldo Caccese – Sandra Pérez del Llano); 1 ausente (Walter Lamothe Coulomme).

En cuanto a los ediles, 9 dieron el voto positivo (Ibrahim Kange – Susana Andrade – Sandra Elero – Marcela Bamba – Raquel Helmsauer – Sandra Ferrandi – Enrique Botsch – Jorge Cabral – Sonia Mayol; y 5 estuvieron en desacuerdo (Dario Caccese – Flavia Angeleri – Juan Carlos La Veglia – Guillermo Buñes – Mirta Piñón).

Establece un incremento de 60% para la de tasa de servicios urbanos; y de 80% para el sector rural, *según segmentación. Vigencia desde enero 2023.

Claudia Peso – Ibrahim Kange. archivo.

*Segmentación zona rural:

a)- de 10 a 50 hectáreas: por hectárea y por bimestre $205.

b)- de 51 a 150 hectáreas: por hectárea y por bimestre $225.

c)- de 151 a 500 hectáreas: por hectárea y por bimestre $230.

d)- desde 501 hectáreas en adelante, por hectárea y por bimestre $250.

– Para la categoría A se otorgará una bonificación del 5% del valor de la tasa siempre que el productor acredite en forma fehaciente dos (2) actividades productivas simultáneas en su unidad económica.

– Para la categoría B se otorgará una bonificación del 4% del valor de la tasa siempre que el productor acredite en forma fehaciente dos (2) actividades productivas simultáneas en su unidad económica.

Se tendrá en cuenta para otorgar un plus de bonificación del 2% adicional a aquellos productores que realicen rotaciones en su producción.

Cronograma de vencimientos:

– 09 febrero – primera cuota.

– 10 abril – segunda cuota.

– 11 junio – tercera cuota.

– 10 agosto – cuarta cuota.

– 10 octubre – quinta cuota.

– 10 diciembre – sexta cuota.